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La Audiencia Nacional impone multas a cuatro empresas lácteas

La Sala de lo contencioso-administrativo de la Audiencia Nacional ha ratificado  la decisión de la CNMC de julio de 2019 que estableció que ocho compañías lácteas, incluyendo Pascual, Danone, Lactalis y Nestlé, junto con dos asociaciones, formaron un cártel para intercambiar información comercial delicada con el fin de coordinar la adquisición de leche en España.

La Audiencia Nacional emitió nueve sentencias, una por cada empresa que apeló, confirmando las multas impuestas: 8,5 millones a Calidad Pascual, 53.310 euros a Central Lechera Galicia, 11,6 millones a Grupo Lactalis Iberia, 6,8 millones a Nestlé y 929.644 euros a Schreiber Food España.

En cuanto a las sanciones, la Sala rechazó el argumento de las empresas de que las multas eran arbitrarias, considerando que estaban justificadas y no excesivas, ya que se situaban por debajo del promedio del máximo sancionador y se ajustaban a las circunstancias particulares de los involucrados.

Sin embargo, el tribunal aceptó parcialmente el recurso presentado por Comercial Alimentaria Peñasanta, Danone, Industrias Lácteas Granada (Puleva) y la Asociación de Empresas Lácteas de Galicia (Aelga), argumentando que algunos de los períodos investigados estaban prescritos.

 

 

Por lo tanto, la Sala pidió a Competencia que recalculase estas multas teniendo en cuenta los períodos considerados prescritos para cada una de ellas. En el caso de Aelga, el Tribunal confirmó su participación en el cártel pero anuló la multa de 60.000 euros debido a la falta de justificación.

Las sentencias confirman las sanciones por infracción «muy grave»del artículo 1 de la Ley 15/2007 y del artículo 101 del Tratado de Funcionamiento de la UE en materia de competencia, cometidas por las empresas investigadas entre 2000 y 2013.

La Audiencia Nacional encontró evidencia de intercambio de información sobre precios y otras condiciones comerciales entre empresas competidoras del sector lácteo, así como contactos sobre ganaderos y excedentes de leche para la gestión de los mismos.

Según el fallo, este intercambio de información redujo la incertidumbre entre las empresas, disminuyendo la competencia y el poder de negociación de los ganaderos, lo que constituye una «infracción única y continuada”. Con información de El Correo Gallego.