domingo, abril 28, 2024

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Entra en vigor el tipo mínimo del 15% a grandes empresas

El nuevo tipo mínimo global del 15% en el Impuesto sobre Sociedades para las compañías multinacionales y grandes grupos empresariales ya ha entrado en vigor, junto a las nuevas normas de la UE para luchar contra el fraude del impuesto sobre el valor añadido (IVA) en pagos transfronterizos.

En España, el Consejo de Ministros aprobó el pasado 19 de diciembre el anteproyecto de la ley que transpone la directiva europea del tipo mínimo. La norma comunitaria debía haber sido transpuesta antes de que acabara 2023, sin embargo, la disolución Cortes ha retrasado su ratificación en el Congreso. Pese a ello, el borrador del anteproyecto, que se encuentra en audiencia pública, recoge que, cuando se apruebe, el impuesto mínimo tendrá efecto retroactivo desde 2024, conforme al calendario previsto.

En concreto, el tipo mínimo del impuesto de Sociedades, se aplicará a los grupos multinacionales de empresas y a los grupos nacionales de gran magnitud en la UE, con unos ingresos financieros combinados superiores a 750 millones de euros al año. Las normas serán de obligado cumplimiento para cualquier gran grupo, tanto nacional como internacional, que tenga una sociedad matriz o una filial en un Estado miembro de la UE.

La directiva incluye un conjunto común de normas sobre la manera de calcular y recaudar un impuesto complementario adeudado en un país concreto, en caso de que el tipo impositivo efectivo sea inferior al 15%. Si una filial no está sujeta al tipo mínimo efectivo en un país extranjero en el que esté situada, el Estado miembro de la sociedad matriz también aplicará un impuesto complementario a esta última. Además, la directiva garantiza la imposición efectiva en situaciones en las que la sociedad matriz está situada fuera de la UE, en un país con bajos niveles impositivos que no aplique normas equivalentes.

 

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A través de esta legislación, la UE ha cumplido con su compromiso de ser uno de los primeros territorios en aplicar la reforma fiscal de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE), ya que garantizar un nivel mínimo mundial de imposición del impuesto de Sociedades es una de las dos líneas de trabajo del acuerdo mundial de la organización firmado en 2021 por 136 países.

Por su lado, las nuevas normas para frenar el fraude del IVA proporcionarán a la administración tributaria de los Estados miembro información sobre pagos que les permitirá detectar más fácilmente los fraudes, con especial hincapié en el comercio electrónico, que es especialmente propenso al incumplimiento.

El nuevo sistema aprovecha el papel clave que desempeñan proveedores de servicios de pago como bancos, entidades de dinero electrónico, entidades de pago y servicios de giro postal, que conjuntamente facilitan más del 90% de las compras online en la UE. 

Desde el 1 de enero, esos proveedores de servicios de pago tendrán que hacer un seguimiento de los beneficiarios de pagos transfronterizos y, a partir del 1 de abril, transmitir información a las administraciones de los Estados miembro sobre quienes reciban más de 25 pagos transfronterizos al trimestre. Esta información se centralizará a continuación en una nueva base de datos europea creada por la Comisión Europea en la que se almacenará, agregará y cotejará con otros datos.

Toda la información del sistema electrónico central de información sobre pagos se ofrecerá entonces a los Estados miembros a través de Eurofisc, la red de especialistas en lucha contra el fraude del IVA de la UE puesta en marcha en 2010, lo que facilitará el análisis de datos y la identificación de los vendedores online que no cumplan las obligaciones en materia de IVA, incluso en el caso de empresas que estén fuera de la UE. Con información de La Razón.

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