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Retrasos en los juzgados vascos ante las cláusulas abusivas

El bufete Montero de Cisneros con sedes en Bilbao, Madrid y Bruselas, presentó una queja el pasado 10 de enero ante el Defensor del Pueblo del País Vasco fundamentada en los significativos retrasos que persisten en los procedimientos del Juzgado nº 11 Bis de la capital vizcaína.

El 16 de enero de 2023, el Ararteko confirmó la recepción del escrito y remitió la queja a la Oficina Gubernativa del Juzgado Decano de Bilbao que a su vez ha remitido una copia al Consejo General del Poder Judicial.

El despacho de abogados bilbaíno basa su queja principalmente en la dilación de los trámites, que pueden extenderse entre 3 y 4 años, incumpliendo el límite de 26 meses establecido por el Consejo General del Poder Judicial. Además, destaca que estos retrasos están ocasionando perjuicios psicológicos y dañando la reputación de sus clientes.

En la actualidad, el Juzgado 11 Bis de Bilbao no admite nuevas demandas desde el 5 de junio de 2019, y más del 85% de los procedimientos en el Juzgado de Refuerzo se encuentran paralizados.

Según José Montero, socio fundador del bufete de abogados bilbaíno, «tenemos clientes que aún esperan la tasación de costas más de dos años después de obtener una sentencia favorable”.

«Uno de nuestros casos más impactantes es el de una persona octogenaria que manifestó su deseo de cobrar las cantidades antes de fallecer. Lamentablemente, dos años después del fallecimiento de nuestro cliente, el procedimiento sigue pendiente de resolución en los juzgados,» añadió el letrado bilbaíno.

JuzgadosEstos colapsos y retrasos están generando un grave perjuicio a la sociedad vasca, en contravención de las Directivas europeas de protección al consumidor y la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea. Por tanto, el despacho de abogados bilbaíno espera que esta acción contribuya a que las instituciones vascas actúen rápidamente para desatascar finalmente esta gran crisis en los juzgados, aliviando la pesada carga que soportan los ciudadanos vascos.

Son cláusulas abusivas hipotecarias aquellas no negociadas individualmente con el consumidor, así como aquellas prácticas no consentidas expresamente, contrarias a la buena fe y generadoras de desequilibrios entre las partes. Las principales cláusulas abusivas en los contratos de préstamo hipotecario son la cláusula suelo, vencimiento anticipado, multidivisa o gastos de hipoteca.

Las cláusulas abusivas se definen como todas aquellas estipulaciones no negociadas individualmente y aquellas prácticas no consentidas expresamente que, en contra de las exigencias de la buena fe, generan un desequilibrio importante en los derechos y obligaciones de las partes que se deriven del contrato, en perjuicio de los consumidores y usuarios.

Son diversas las normas que regulan la abusividad de las cláusulas contractuales. No obstante, la principal norma de aplicación es la Directiva 93/13/CE, según la cual El carácter abusivo de una cláusula contractual se apreciará teniendo en cuenta la naturaleza de los bienes o servicios que sean objeto del contrato y considerando, en el momento de celebración del mismo, todas las circunstancias que concurran en su celebración. CH

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