El Ministerio de Hacienda, tal y como estaba previsto, prevé modificar el reglamento del impuesto sobre la renta para evitar que los contribuyentes que cobren el nuevo salario mínimo interprofesional (SMI) vean incrementada su cuota tributaria. El departamento que dirige María Jesús Montero, tras dos días de choques con el Partido Popular, ha sacado este miércoles a audiencia e información pública el borrador del real decreto que modificará el IRPF para adaptarlo a la futura subida del SMI, que pasará de 15.120 euros brutos anuales a 15.875 euros tras el acuerdo entre el Ministerio de Trabajo y los sindicatos.
Tras el cambio, según avanza Hacienda en el borrador, se reducirán las retenciones para todos los tramos que se encuentran por debajo de los 21.000 euros al año y quedarán libres de pagar quienes estén por debajo del nuevo mínimo exento, que se situará en los 15.876 euros, justo un euro por encima del salario mínimo actualizado.
Tal y como recalca el texto, y con el objetivo de evitar un “error de salto” para contribuyentes que ganan algo más del SMI, el ministerio proyecta un incremento de las reducciones de las retenciones para rentas de hasta 21.000 euros brutos, que se ampliarán hasta los 19.747,5 euros netos. En la práctica esto significa que aquellas rentas del trabajo comprendidas entre los 15.876 euros y los 19.747,5 euros sufrirán menos retenciones de las que, en teoría, les corresponderían y menos de las que se aplican ahora, que ya están rebajadas.
El umbral de los 15.876 euros, y que marca el principio de la retención, se irá incrementando en función del número de hijos de los contribuyentes y de la situación familiar y personal. Así, por ejemplo, aumentará hasta los 18.694 euros para un soltero, viudo, divorciado o separado legalmente que tenga dos o más hijos. La cantidad exenta llegará a un máximo de 19.262 euros para el contribuyente cuyo cónyuge no obtenga rentas superiores a 1.500 euros anuales, excluidas las exentas, y que tenga dos o más descendientes.
En 2022, explica Hacienda, se elevaron las cuantías de los rendimientos íntegros del trabajo a partir de las cuales existe la obligación de retener. De esta forma, “se evitaba someter a retención o ingreso a cuenta a aquellos salarios que no superasen la cuantía de 15.000 euros anuales”. La nueva subida del SMI, continúa, “obliga a revisar el reglamento del impuesto sobre la renta de las personas físicas para evitar que estos contribuyentes soporten retención o ingreso a cuenta”. Con información de Cinco Días.